El Honorable Concejo Deliberante de Cholila aprobó la Ordenanza N.º 67/2025, una normativa que regula la venta, expendio, consumo y publicidad de bebidas alcohólicas en el ejido municipal. La medida apunta a fortalecer la salud pública, la seguridad y la convivencia comunitaria, con especial énfasis en la protección de niñas, niños y adolescentes.
Entre los puntos centrales, la ordenanza establece la prohibición absoluta de venta y suministro de alcohol a menores de 18 años, en cualquier modalidad, ya sea comercial, promocional o en eventos públicos y privados. Los comercios deberán exigir y verificar la identidad ante cualquier duda y exhibir de manera obligatoria cartelería visible con la leyenda: “Este local no vende bebidas alcohólicas a menores de 18 años”.
Además, se fija un horario restringido para la comercialización: no se podrá vender alcohol entre las 22:00 y las 08:00 horas. También queda prohibido el consumo en espacios públicos como plazas, parques, calles, veredas y predios deportivos o educativos, salvo en locales habilitados.
En materia de publicidad, se restringe la instalación de cartelería de bebidas alcohólicas en cercanías de escuelas, plazas y áreas infantiles. Las sanciones previstas incluyen apercibimientos, multas, clausuras preventivas o definitivas y decomiso de mercadería, garantizando el derecho a defensa y el debido proceso.
Los controles estarán a cargo del Área de Inspecciones Generales, en coordinación con otras fuerzas cuando corresponda. Con esta ordenanza, el municipio busca ordenar prácticas, prevenir excesos y promover una convivencia más responsable.