El Gobierno nacional oficializó mediante la Resolución 2076/2025 la autorización para transportar animales domésticos en servicios de transporte automotor y ferroviario bajo jurisdicción nacional. Esta medida busca facilitar el traslado de mascotas en trenes y micros de larga distancia en todo el país.
La Secretaría de Transporte, dependiente del Ministerio de Economía, eliminó las restricciones previas para alinear el transporte terrestre con estándares similares a los del sector aéreo, poniendo énfasis en la tenencia responsable y la salud de los animales. De este modo, se habilita el traslado de mascotas en estos medios de transporte de forma regulada y segura.
Requisitos para viajar con mascotas: es obligatorio presentar la constancia vigente de vacunación antirrábica, así como cualquier otro certificado sanitario exigido por la normativa vigente. Además, la mascota debe viajar dentro de un contenedor que garantice su protección y condiciones higiénicas.
Solo se permite un animal doméstico por pasajero mayor de edad, y cada contenedor debe contener únicamente un animal. El pasajero es responsable de la custodia, el bienestar, la salud y la seguridad de su mascota, debiendo asegurarse de que el animal no cause molestias, riesgos o daños a otros usuarios ni a la unidad de transporte.
Asimismo, las empresas encargadas del transporte podrán establecer una tarifa específica por el servicio de traslado de mascotas, adaptando sus costos a esta nueva modalidad.