La Fiscalía de Lago Puelo obtuvo una condena en un reciente juicio oral, logrando que el acusado fuera declarado culpable por amenazas coactivas y tenencia ilegal de un arma de fuego, en un hecho ocurrido en contexto de violencia de género.
Durante el debate, el equipo fiscal consiguió modificar la calificación legal del delito a partir de nuevas pruebas y testimonios surgidos en la sala, lo que permitió fortalecer la acusación y alcanzar una sentencia condenatoria.
El hecho y la condena
Edgardo Matus fue condenado a 3 años y 2 meses de prisión por la combinación de ambos delitos. Los hechos ocurrieron a fines de 2023, cuando el hombre amenazó a su expareja para obligarla a cumplir una serie de exigencias, entre ellas retirar denuncias previas y retomar la convivencia.
La intimidación fue realizada bajo amenaza de muerte y en un claro contexto de violencia de género. Posteriormente, durante un allanamiento en su vivienda, la policía encontró un arma de fuego sin documentación legal.
El condenado ya tenía antecedentes por hechos de violencia contra la misma víctima.
Un cambio decisivo en el juicio
Inicialmente, la acusación era por el delito de amenazas simples, pero en el transcurso del juicio surgieron elementos que llevaron a la recalificación a amenazas coactivas, es decir, aquellas que buscan forzar a la víctima a realizar actos en contra de su voluntad.
La Fiscalía de Lago Puelo argumentó que el propósito del acusado era presionar a la mujer para que modificara su conducta y retirara las denuncias previas, lo que fue demostrado mediante testimonios, evidencia material y pericias psicológicas.
En cuanto al delito de tenencia ilegal de arma de fuego, se comprobó con el hallazgo del arma y municiones en el lugar indicado por la víctima y la falta de autorización legal para su posesión.
Pruebas y fundamentos de la condena
El juez valoró como prueba principal el testimonio creíble y coherente de la víctima, acompañado por la declaración policial que confirmó su estado de angustia y por un informe psicológico forense que respaldó su relato.
Asimismo, se ponderó el hallazgo del arma en el sitio exacto señalado por la víctima y el contexto de violencia previa, que reforzó la gravedad de las amenazas.
El magistrado fijó la pena teniendo en cuenta agravantes como la utilización del arma para intimidar, las condiciones de vulnerabilidad de la víctima y el entorno de violencia de género en el que se desarrollaron los hechos.