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25 de Junio de 2025

Prohíben a los municipios cobrar tasas en las facturas de servicios públicos

Gobierno  prohíbe a municipios cobrar tasas en facturas de servicios públicos, generando polémica y enfrentamientos con intendentes. Medida busca que intendentes asuman impuestos que cobran.

Por Redacción

Miércoles, 11 de septiembre de 2024 a las 09:20

El Gobierno publicó una resolución en el Boletín Oficial que prohíbe que los municipios incluyan el cobro de tasas locales en las boletas de los servicios de agua, gas y electricidad. Esta medida busca que los intendentes se hagan cargo de los impuestos que cobran.

A partir de esta decisión, los municipios ya no pueden incluir pagos que no estén relacionados con el servicio específico en las facturas de servicios. La resolución ha generado polémica, ya que se mete de lleno en la discusión por los recursos entre las distintas jurisdicciones.

"Las facturas de servicios esenciales deben contener de forma única y exclusiva la descripción y el precio correspondiente al servicio contratado por el consumidor, quedando prohibido incluir cargos ajenos a la naturaleza del servicio", expresó el ministro de Economía, Luis Caputo.

La medida fue dictada en la resolución 2024-267 de la Secretaría de Comercio, que además establece que las empresas prestadoras de servicios deben informar a los usuarios sobre su derecho a reclamar indemnización por cargos indebidos en las facturas.

Este anuncio del Gobierno generó diversas reacciones, particularmente de los intendentes, algunos de los cuales ya habían manifestado críticas a esta medida. La intendenta Mayra Mendoza de Quilmes es una de las que ha respondido y criticado al ministro Caputo.

Además, distintos sectores como la Asociación de Supermercados Unidos y la Cámara Argentina de Distribuidores y Autoservicios Mayoristas han manifestado su preocupación por el aumento de las tasas municipales, señalando que esto impacta en los precios que pagan los consumidores y podría generar más inflación.

Cabe destacar que la aplicación de esta medida podría ser parcial en todo el país, ya que son las provincias las encargadas de regular las prestaciones de servicios como la luz y el agua. Para el constitucionalista Antonio María Hernández, esta decisión es "groseramente inconstitucional" ya que los municipios tienen autonomía en materia financiera y pueden percibir tasas e impuestos, según establece el artículo 123 de la Constitución.

Sin embargo, funcionarios de tres provincias consultados coinciden en que la Nación no tiene injerencia sobre la regulación de los servicios de electricidad y agua, que está a cargo de las provincias o los municipios.