El juez penal de Chubut Carlos Richeri condenó a tres años de prisión en suspenso a un hombre acusado de abusar sexualmente de su sobrina cuando la niña tenía ocho años. La resolución fue dictada en Lago Puelo, en el marco de un juicio por abuso sexual simple agravado por haber sido cometido por quien tenía a su cargo la guarda de la menor.
Además de la condena, el magistrado estableció reglas de conducta durante tres años, entre ellas la prohibición de mantener cualquier tipo de contacto con la víctima. Si el condenado incumple esas condiciones, podría revocarse la ejecución condicional de la pena.
Pero uno de los aspectos más particulares de la resolución fue la decisión de Richeri de redactar una carta dirigida a la víctima, que actualmente tiene diez años, para explicarle qué decidió y por qué lo hizo.
“Me llamo Carlos Richeri y fui el juez del juicio en el que se trató lo que te pasó. Te escribo porque tenés derecho a saber qué se decidió y por qué, con palabras que entiendas”, comenzó el magistrado.
“La decisión la tomé yo”
Richeri explicó que decidió utilizar lenguaje claro porque consideró que la niña tiene derecho no sólo a ser escuchada, sino también a comprender qué se resolvió sobre un hecho que la tuvo como víctima.
En ese sentido, sostuvo que una sentencia accesible también contribuye a fortalecer el vínculo entre la Justicia y la ciudadanía.
“Estoy convencido de que una decisión judicial escrita en lenguaje claro no sólo facilita su comprensión, sino que también refuerza la confianza pública en nuestra justicia provincial”.
Para fundamentar la condena, el juez valoró distintas pruebas incorporadas durante el debate: el relato de la niña, la intervención de una profesional de la psicología, el testimonio de su madre, la actuación policial en el domicilio de los tíos y las versiones aportadas por el acusado y su pareja.
Cómo llegó a la condena
En la carta, Richeri explicó de manera sencilla cómo funciona la valoración de la prueba en un juicio penal.
“Antes que nada, quiero explicarte cómo trabaja un juez. La ley me exige que, para condenar a alguien, esté completamente seguro. Si me hubieran quedado dudas, la ley me obligaba a no condenar”.
Luego detalló que escuchó el relato de la niña, el testimonio de la psicóloga, la declaración de su madre, la intervención de una policía y las versiones brindadas por el acusado y su pareja.
Después de analizar todo el material, señaló que llegó a la conclusión de que el relato de la niña coincidía con el resto de la prueba, mientras que las explicaciones del acusado presentaban contradicciones.
“Por eso decidí que pasó lo que vos contaste”, expresó el magistrado.
“No lo condené por lo que vos contaste”
Uno de los fragmentos centrales de la carta estuvo destinado a dejar en claro que la responsabilidad por el delito y por la condena corresponde exclusivamente al adulto.
“A tu tío lo condené por lo que él decidió hacer. Es una persona grande, sabía lo que estaba haciendo, y por eso tiene que hacerse cargo. No lo condené por lo que vos contaste. La decisión la tomé yo, con mi responsabilidad, no con la tuya”.
Richeri también señaló que, según se tuvo por acreditado durante el juicio, el hombre le había pedido a la niña que no contara lo ocurrido.
“No estabas obligada a guardarlo, ni entonces ni nunca”.
Por qué no irá a prisión
El juez también explicó a la niña por qué, pese a la condena, el hombre no cumplirá prisión efectiva.
Le indicó que, al tratarse de una persona que no tenía condenas anteriores y al haberse impuesto la pena mínima correspondiente, la ley permite que la condena sea cumplida fuera de prisión, aunque bajo determinadas condiciones.
Entre ellas se encuentra la prohibición absoluta de contacto con la víctima: no podrá hablarle, escribirle, enviarle mensajes ni comunicarse con ella a través de terceros.
“Si incumple las reglas, la condena se cumple en la cárcel”, explicó Richeri.
Finalmente, el magistrado buscó transmitirle a la niña que su participación en el proceso terminó y que, si necesita realizar alguna consulta, puede hacerlo acompañada por su madre o a través del Servicio de Asistencia a la Víctima del Delito.