El gobierno ha implementado una nueva normativa para controlar las nuevas formas de empleo basadas en la supuesta relación autónoma entre los llamados "colaboradores". La Resolución General 5.599/2024 establece que los colaboradores independientes pueden realizar actividades simultáneas y tener contratos de colaboración, trabajo o provisión de servicios con otros contratantes.
El objetivo de este nuevo instrumento, llamado PADIC, es contar con información detallada sobre los emprendimientos productivos y sus integrantes, de manera que se pueda determinar mediante declaración jurada la naturaleza independiente de las relaciones laborales. Esta regulación se enmarca en la supuesta "modernización" laboral que fue aprobada por el Congreso en la Ley Bases, la cual flexibilizó las condiciones de contratación y permitió la incorporación de la figura de "trabajadores independientes con colaboradores".
La registración en el PADIC, según lo establecido por el organismo recaudador, entró en vigencia el pasado 26 de septiembre y debe realizarse antes de comenzar a realizar tareas como colaborador. El trámite se puede hacer a través del sitio web del organismo, ingresando los datos correspondientes al emprendimiento, como el nombre de fantasía, la fecha de inicio y finalización, el domicilio, la actividad y el CUIT de los colaboradores.
Una vez ingresados los datos, tanto el "trabajador independiente" (que actúa como empleador virtual) como los "colaboradores independientes" (que son empleados virtuales) recibirán una notificación en su Domicilio Fiscal Electrónico. Luego, tendrán un plazo de 72 horas para confirmar o rechazar su participación en el emprendimiento.
Es importante destacar que todos los involucrados deben estar registrados en el régimen general de impuestos y de los recursos de la seguridad social como trabajadores autónomos o adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo). Además, antes de ser incluido en el PADIC, el "trabajador independiente" deberá registrar su emprendimiento como declaración jurada, incluyendo el nombre de fantasía, la fecha de inicio y fin (si corresponde), el domicilio de desarrollo de la actividad y el CUIT de los colaboradores independientes.
Una vez confirmada la inclusión en el PADIC, el "colaborador" deberá ingresar al sistema con su clave fiscal y confirmar su participación. En caso de no completar este paso, el ARCA (organismo recaudador) lo dará de baja del registro.
Con esta nueva normativa, el gobierno busca brindar un mayor control sobre las relaciones laborales basadas en la supuesta autonomía de los colaboradores. Sin embargo, esta medida ha generado diversas opiniones y controversias respecto a la flexibilidad laboral y la protección de los derechos de los trabajadores.