El concejal Fernando Raposeiras recordó la vigencia del artículo 86 del Código Provincial Electoral, que prohíbe realizar actos inaugurales de obras públicas, así como lanzamientos o promociones de planes y programas colectivos, durante los 25 días previos a las elecciones. Esta norma busca evitar cualquier acto de gobierno que pueda influir en la captación del sufragio a favor de algún candidato.
Raposeiras explicó que esta restricción rige desde el primero de octubre, considerando que las elecciones de medio término están próximas. Señaló que, a pesar de esto, el intendente continuaba anunciando obras como la pavimentación de calles hasta días recientes, lo que constituye una violación a la ley.
En este contexto, el concejal anunció que presentará un proyecto para expresar el repudio del cuerpo deliberativo ante el incumplimiento de esta normativa. "Despierta Chubut, el gobernador, el intendente, merece un enérgico repudio por parte de nuestro cuerpo deliberativo", afirmó, destacando que es función de los concejales velar por el cumplimiento de las leyes en todos los niveles.
El artículo 86 del Código Provincial Electoral establece claramente que está prohibido realizar cualquier acto que pueda promover la captación de votos a favor de candidatos en el período señalado, resguardando así la transparencia y equidad en el proceso electoral.