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15 de Febrero de 2026

Reforma laboral de Milei reduce licencias por enfermedad y modifica pagos por accidentes

El proyecto de reforma laboral establece nuevos límites para la licencia por enfermedad y accidentes no laborales, con cambios en la duración y porcentaje del salario durante la licencia según la causa y cargas familiares.

Por Redacción

Domingo, 15 de febrero de 2026 a las 06:00

La reforma laboral propuesta por el Gobierno de Javier Milei introduce modificaciones significativas en la licencia por enfermedad y en los accidentes no vinculados al trabajo. Actualmente, la Ley de Contrato de Trabajo garantiza el pago del salario completo durante un período que depende de la antigüedad y cargas familiares, que suele oscilar entre tres y seis meses, con posibilidad de extenderse hasta doce meses para quienes tienen más de cinco años de antigüedad.

El proyecto modifica este esquema, afectando tanto la duración de la licencia como el porcentaje del salario que se percibe durante ese tiempo. En la actualidad, los trabajadores reciben el 100% de su remuneración habitual, incluyendo adicionales y conceptos remunerativos fijos, cuando están incapacitados por enfermedad o accidente inculpable. En cambio, en caso de accidentes laborales o enfermedades profesionales, las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) aseguran prestaciones médicas y económicas equivalentes al ingreso del trabajador.

Según el artículo 208 del proyecto, en los casos de accidentes o enfermedades no derivados de la actividad laboral que impidan trabajar, se establece que el trabajador percibirá el 50% de su remuneración básica si la incapacidad resulta de una actividad voluntaria y consciente que implique un riesgo para la salud. Este pago se mantendrá durante tres meses si el trabajador no tiene personas a su cargo, o seis meses en caso contrario. Además, se especifica que “la recidiva de enfermedades crónicas no será considerada una enfermedad distinta, salvo que se manifestara una vez transcurridos los 2 años”.

El texto aclara además que “si la imposibilidad de trabajar no fuera producto de una actividad voluntaria y consciente del trabajador sobre el riesgo en la salud, percibirá el 75% de tal remuneración, en cualquier caso, durante el mismo periodo de tiempo dispuesto en el párrafo precedente”.

De este modo, el derecho a licencia paga para un trabajador con menos de cinco años de antigüedad sin cargas familiares será de tres meses, ampliándose a seis meses si tiene personas a su cargo. Para quienes superen los cinco años de antigüedad, la licencia pagada será de seis meses sin cargas familiares y hasta seis meses con cargas, eliminándose la opción previa de extenderla a doce meses.

Este régimen alcanza tanto a enfermedades físicas como psiquiátricas, así como a accidentes o afecciones ocurridos fuera del ámbito laboral. La reforma reduce los plazos máximos de licencia y modifica el porcentaje del salario que se abona durante ese período, pasando del 100% actual a un esquema que depende de la naturaleza del accidente o enfermedad y la voluntad del trabajador.

Para ejemplificar, si un empleado sufre una lesión jugando al fútbol, consciente del riesgo que implica, recibirá el 50% de su salario durante la licencia. En cambio, si el accidente ocurre en circunstancias habituales, como un choque automovilístico mientras viaja en transporte público o en su vehículo, el pago será del 75%. Estos cambios aplican exclusivamente a eventos no laborales, que se diferencian del régimen vigente para accidentes de trabajo, que continuará siendo regulado por las ART.