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25 de Junio de 2025

Supervivencia de jubilados y pensionados: ¡nuevo procedimiento sin trámites anuales!

A partir de un acuerdo suscripto entre el Instituto de Seguridad Social y Seguros y el Ministerio de Gobierno, el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas.

Por Redacción

Martes, 14 de mayo de 2024 a las 06:00

Se eliminó el requisito de que jubilados y pensionados provinciales deban gestionar personalmente una vez al año el certificado de supervivencia ante el Instituto de Seguridad Social y Seguros (ISSyS), dado que dicho dato de ahora en más será informado diariamente por el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas.

Esta nueva metodología surge del convenio que esta mañana suscribieron el interventor del ISSyS, Rodrigo San Martín, y el director General del Registro Civil de las Personas, Gustavo Ríos. El acuerdo, que se desarrolló en la sede del ISSyS, fue refrendado por el ministro de Gobierno, Andrés Meiszner, y durante el mismo estuvo presente también la directora de Previsión, Mariana del Río.

De esta forma, los jubilados y pensionados de Chubut ya no deberán concurrir personalmente, una vez por año, a las sedes del Instituto para que sea certificada su supervivencia.

En este sentido, el interventor del ISSyS, Rodrigo San Martín, valoró el acuerdo y explicó que “se cumple así con la instrucción que nos da permanentemente el gobernador Ignacio Torres, de trabajar de manera constante para mejorar la situación del sector pasivo”, y sumó que “en la práctica, este nuevo procedimiento posibilitará que nuestros jubilados y pensionados no deban presentarse, una vez al año, en las delegaciones del Instituto para certificar su supervivencia”.

El convenio tendrá una duración de tres años, prorrogable, y tiene por objeto el confronte de datos personales para la prestación de servicios con la finalidad de validar la identidad y verificar la supervivencia de los ciudadanos mayores de edad vinculados a la cartera de beneficiarios del ISSyS, según se dispone.

Se establece en el primer artículo que la Dirección General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas remitirá diariamente la información requerida “en documentos en formato Excel vía correo electrónico al Instituto de Seguridad Social y Seguros”.

En ese informe diario se incluirá el nombre y apellido de la persona fallecida, DNI o CUIL, fecha del deceso, estado civil y lugar de fallecimiento, además de toda información que surja del Certificado de Defunción.

También, remitirá la Dirección del Registro Civil, cada 15 días, “un reporte en formato PDF debidamente suscripto y certificado por la autoridad máxima responsable, de los fallecimientos inscriptos en la provincia del Chubut con fecha anterior inmediata a la presentación de dicho reporte”.

El ISSyS y el Registro Civil convinieron responsabilizarse por “la veracidad y autenticidad de la información brindada, debiendo ser verificada previamente con la documentación que avale la misma por la autoridad competente en la materia”; y deberán garantizar “la seguridad de los datos adoptando todas las medidas técnicas y organizativas tendientes a prevenir la adulteración, pérdida, consulta y/o tratamiento no autorizado de los mismos, permitiendo detectar desviaciones de información, ya sea que los riesgos provengan de la acción humana o del medio técnico utilizado”.